COBRO DE MULTAS POR RESTRICCIÓN VEHICULAR Al acoger un recurso de amparo, la Sala IV frenó el cobro de las multas por restricción vehicular. Según quien interpuso el recurso, la Constitución garantiza libertad de tránsito. Según esa lógica, también puedo irrespetar los “altos”, “cedas” y pasos peatonales, pues soy libre de transitar como me dé la gana. ¿Y por qué me obligan a girar a la derecha en las rotondas, si soy zurdo? Es más: esa raya del centro en la calle me reduce a la mitad mi sagrada libertad; no la respetaré más porque de fijo es inconstitucional. El país se ahorrará millones en señalización vial. Mis amigos de Ingeniería de Tránsito del MOPT se quedarán sin trabajo y tal vez deban poner otro “salacuartazo”.
Publicado en Cartas a la Columna, La Nación, 13 de noviembre de 2008.
http://nacion.com/ln_ee/2008/noviembre/13/opinion.html
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