El nombre de este proyecto de
ley es largo para endulzar el oído, suena tan bonito que dan ganas de apoyarlo:
“Ley para mejorar el funcionamiento de
las instituciones del sector público”. Se entiende que, como su nombre lo
indica, es para mejorar; pero al leer dos párrafos le sienta mejor el título “Ley
Caballo de Troya” para permitir trochas y refinerías sin frenos. Es una Ley Mordaza para la Contraloría y la
Procuraduría, que permitiría al Consejo de Gobierno, es decir, presidente y
sus ministros, ignorar objeciones legales que se haga a una licitación o contratación.
Es el expediente 18.732 al que prefiero llamar cariñosamente "Ley Caballo de Trocha".
Considerando que nuestros diputados
aprueban leyes sin leerlas, tal como pasó con la Ley de Persona Joven y la
discriminación a parejas gais, resulta preocupante que esta ley pueda ser
aprobada tomando en cuenta sólo su título. Necesitamos que alguien del gobierno
de doña Laura Chinchilla, promotor de esta ley, nos explique esos párrafos, y
nos corrija si entendimos mal su posible aplicación.
1.
La
Procuraduría no cuenta.
El proyecto propone modificar la
Ley Orgánica de la Procuraduría para que diga así: “Artículo 6. Dispensa en el
acatamiento de dictámenes: El Consejo de Gobierno podrá dispensar de la
obligatoriedad de los dictámenes emitidos por la Procuraduría, mediante
resolución razonada”
Si entendí bien, a criterio
del presidente y sus ministros, un dictamen de la Procuraduría podría ser ignorado
si tienen razones que consideren suficientes, a su entera discreción.
2.
La
Contraloría no cuenta.
Se propone modificar la Ley de
Contratación Administrativa para que diga así “Artículo 30. Modificación del
procedimiento en licitación infructuosa: Si se produce una licitación
infructuosa, la administración podrá utilizar en el nuevo concurso el
procedimiento de licitación abreviada. Si una licitación abreviada resulta
infructuosa, la Administración podría realizar una contratación directa.”
Un escenario de aplicación
perfectamente podría ser éste: En una licitación ninguno de los oferentes es
elegible, por vicios o cualquier otra razón. No hay problema, la Contraloría
declara desierta la licitación, y de inmediato aplicamos un método más rápido, la
licitación abreviada. Si la Contraloría encuentra los mismos defectos es
excelente, eso da permiso para aplicar contratación directa, o sea la elección
a dedo, sin concurso público, y de forma completamente legal.
Ing. César Monge. 12 de julio 2013. cesarmonge@yahoo.com
1. Publicado en CRHOY, 12 de julio 2013.
2. Publicado en Diario Extra, 03 de agosto 2013.
1. Publicado en CRHOY, 12 de julio 2013.
2. Publicado en Diario Extra, 03 de agosto 2013.
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